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Cargos Tributarios
Gravamen a los Movimientos Financieros
El Gravamen a los Movimientos Financieros es un impuesto nacional instantáneo que se causa por la disposición de recursos.
Son sujetos pasivos del Gravamen a los Movimientos Financieros los usuarios y clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de Economía Solidaria, las entidades vigiladas por estas mismas Superintendencias y el Banco de la República.
La tarifa del gravamen a los movimientos financieros es del cuatro por mil (4 x 1.000).
Hechos generadores
Entre otros, los movimientos financieros que están sujetos al gravamen a cargo del cliente son:
- Transacciones financieras, mediante las cuales se disponga de recursos en cuentas corrientes, cuenta de ahorros (siempre que excedan mensualmente de 350 UVT, la cual tiene un valor para el año 2020 de $ 35.607, para un total de $ 12.462.450), entre otros.
- Giros de cheques de gerencia.
- Los desembolsos de créditos y los pagos derivados de operaciones de compensación y liquidación de valores, operaciones reporto, simultáneas y transferencia temporal de valores, operaciones de derivados, divisas o en las bolsas de productos agropecuarios u otros comodities, incluidas las garantías entregadas por cuenta de participantes realizados a través de sistemas de compensación y liquidación cuyo importe se destine a realizar desembolsos o pagos a terceros, mandatarios o diputados para el cobro y/o el pago a cualquier título por cuenta de los clientes de las entidades vigiladas por la Superintendencias Financiera o Economía Solidaria según el caso, por conceptos tales como nómina, servicios, proveedores, adquisición de bienes o cualquier cumplimiento de obligaciones.
- También constituye hecho generador los desembolsos de créditos abonados y/o cancelados el mismo día.
*El presente documento se suministra sólo a título informativo, no comprende la totalidad de los hechos generadores del gravamen a los movimientos Financieros ni de las exenciones. Le recomendamos que para la realización de operaciones diferentes a las enunciadas o para mayor claridad de las descritas, se comunique con su Asesor Comercial o su Gerente de Cuenta.
IVA
Coltefinanciera es responsable del impuesto a las ventas, aplicando la tarifa general a las comisiones y servicios prestados, con las excepciones definidas por la ley.
Entre los ingresos gravados con IVA se encuentran las comisiones y los servicios incluidos en las tarifas de Coltefinanciera y las operaciones de compra y venta de divisas. Son excluidos del IVA las comisiones percibidas por utilización de tarjetas crédito y débito y los intereses de crédito.