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Clientes Marca Compartida Flamingo
El valor asegurado para créditos de libre inversión corresponde al monto inicial del crédito, en caso de siniestro se cubre el saldo de la deuda y el excedente se entrega a los beneficiarios designados.
- Aseguradora: CARDIF Colombia Seguros Generales S.A.
- Tomador: Coltefinanciera
- Primer beneficiario oneroso: Coltefinanciera hasta el saldo insoluto de la deuda.
- Asegurado: Deudor de Crédito de Consumo Coltefinanciera Marca Compartida Flamingo.
- Plazo para presentar la reclamación: Se define de acuerdo con los términos de prescripción del contrato de seguro. De acuerdo con el artículo 1081 de Código de Comercio Colombiano, las acciones derivadas del contrato de seguro prescriben ya sea de manera ordinaria o extraordinaria.
- Plazo para pago de la indemnización: la aseguradora enviará a Coltefinanciera la respuesta de la reclamación 30 días después de haber recibido la documentación completa. Como cliente, tendrás derecho a reclamar y a ser indemnizado una vez cumplas con las condiciones exigidas por la póliza.
- Forma de pago: se paga en la cuota del crédito o tarjeta de crédito de forma mensual.
¿Qué no cubre?
En los siguientes casos no aplica la cobertura del Seguro de Vida Deudores:
- Cuando haya mala fe del asegurado en la reclamación o en la comprobación del derecho al pago del siniestro.
- Cuando la reclamación se hace por fuera de los términos de prescripción, es decir, dos años después de presentado el siniestro.
- Cuando exista reticencia o inexactitud por parte del asegurado al momento de diligenciar la declaración de asegurabilidad.
¿Qué excluye este seguro?
- Eventos accidentales causados directamente por guerra interior o exterior, invasión, hostilidades u operaciones bélicas con o sin declaración de guerra, guerra civil, revolución, sedición, asonada o actos violentos motivados por conmoción civil o por aplicación de la ley marcial, rebelión, insurrección, poder militar usurpado, motín.
- Eventos ocurridos a consecuencia de fisión o fusión nuclear, radioactividad o el uso de armas atómicas, bacteriológicas o químicas.
De la cobertura de incapacidad total y permanente se excluyen:
- Las incapacidades que hayan sido provocadas a sí mismo por el asegurado.
- Reclamaciones que sean consecuencia de padecimientos, enfermedades, anomalías o malformaciones congénitas o accidentes originados u ocurridos con anterioridad antes de la vigencia de la póliza, que sean conocidos por el asegurado.
- Edad Mínima de Ingreso: 18 años.
- Edad Máxima de Ingreso: 89 años más 364 días (Para ITP hasta 65 años + 364 Días).
- Edad de Permanencia: hasta finalizar la deuda.
Valor asegurado máximo de $25 millones.
Prima mensual Libre Inversión: $2.500 por millón (Sobre valor crédito inicial).
- Fallecimiento por cualquier causa, cubre suicidio, homicidio y sida (siempre y cuando no sea preexistencia).
- Incapacidad Total y Permanente por enfermedad o accidente.
- Enfermedades graves.
- Auxilio funerario.
Sin requisitos de asegurabilidad.
Documentos necesarios para tramite de siniestros:
Muerte por cualquier causa
- Registro Civil de defunción
- Certificación del saldo insoluto de la deuda a la fecha de ocurrencia del siniestro
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía
Incapacidad total y permanente
- Copia del dictamen de calificación de Invalidez emitida por la Entidad
- Competente (ARL, AFl o JUNTA REGIONAL O NACIONAL DE CALIFICACION DE INVALIDEZ, REGIMEN ESPECIAL) en la cual se evidencie la fecha de estructuración y el porcentaje de la pérdida y Copia de la Historia Clínica
- Certificación del saldo insoluto de la deuda a la fecha de ocurrencia del siniestro
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía
Enfermedades graves
- Historia clínica completa e informe y certificado del médico tratante
- Certificación del saldo insoluto de la deuda a la fecha de ocurrencia del siniestro
- Fotocopia de la cedula de ciudadanía
Auxilio funerario
- Copia del registro de defunción
La Compañía se reserva el derecho de solicitar cualquier otro documento que estime conveniente y guarde relación con el siniestro.