CDT – Certificado de Depósito a Término
Invierte a plazo fijo desde $250.000, con tasa fija y pago de intereses vencidos. Plazos de 1 a 30 meses.
Invierte desde $250.000 con tasa fija y plazos de 1 a 30 meses
Monto mínimo
Apertura desde $250.000, en agencias y canales habilitados.
Plazo de la inversión
Para plazos mayores, consulta condiciones en agencias.
Tipo de tasa
Pago de intereses
Base de liquidación
Retención en la fuente
¿Por qué invertir en tu CDT Coltefinanciera?
¿Qué gano al invertir?
¿Cómo recibo los intereses?
¿Cómo abro el CDT y con cuánto?
¿Puedo tener varios titulares?
¿Qué beneficios tributarios tiene?
¿Tengo liquidez antes del vencimiento?
¿Qué pasa al acercarse el vencimiento?
¿Puedo ir a una oficina?
Requisitos y trámites
Vinculación y formatos
Vinculación y formatos
Persona natural
Fotocopia del documento de identificación según la persona natural así:
De nacionalidad colombiana
- Menor de 7 años: NUIP. Ver documentos de representación.
- De 7 a 18 años: Tarjeta de Identidad. Ver documentos de representación.
- Mayor de 18 años: Cédula de Ciudadanía.
De nacionalidad extranjera
- Cédula de extranjería clase transeúnte: Identifica a los Titulares de visa temporal, ordinaria, de negocios permanentes o estudiantes.
- Cédula de extranjería clase residente: Identifica los Titulares de visa residente y visa especial de residente.
- Carné de la Dirección General de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores: Identifica los Titulares de visa diplomática y de servicio.
- Pasaporte o Carné de la Dirección General de Protocolo del Ministerio de Relaciones Exteriores: Identifica los Titulares de visa oficial.- Pasaporte: Identifica los Titulares de visa de cortesía, de negocios transitorios, turismo, tarjeta de turismo, tarjeta de tránsito, permiso fronterizo y temporal.
Documentos de representación para menores, discapacitados, albaceas y secuestres así:
Menores de 14 años
Son representados por sus padres de manera conjunta a menos que falte uno de ellos.
- Fotocopia del registro civil de nacimiento.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los padres.
- Fotocopia del NUIP o de la tarjeta de identidad (esta última si ya fue expedida).
- Solicitud de Servicios Financieros Captaciones del representante legal en nombre del menor.
- Los demás requisitos que exige la compañía para el contrato de cuenta de ahorro.
Menores entre 14 y 18 años bajo patria potestad
Si los fondos que depositará en la cuenta no corresponderán a su peculio profesional o industrial, serán los mismos requisitos que se solicitan a los menores de 14 años, pues deben actuar a través de sus Representantes legales.
Si los fondos que depositará en la cuenta corresponderán a su peculio profesional o industrial:
- Fotocopia de la tarjeta de identidad.
- Solicitud de Servicios Financieros Captaciones en la que manifieste que los fondos que depositará en la cuenta corresponden a su peculio profesional o industrial.
- Los demás requisitos que exige la compañía para el contrato de cuenta de ahorro
Personas con discapacidad mental absoluta
Personas que sufren de afección o patología severa o profunda de aprendizaje, de comportamiento o de deterioro mental.
- Fotocopia del documento de identificación de discapacitado.
- Fotocopia formal de la sentencia mediante la cual se declaró la interdicción.
- Fotocopia formal del acta de posesión del curador o del administrador fiduciario cuando así lo haya designado el juez.
- Fotocopia del documento de identificación del curador.
- Los demás requisitos que exige la compañía para el contrato de cuenta de ahorro bancario en cuanto sean compatibles con el estado del interdicto.
Personas con discapacidad mental relativa
Personas que padecen deficiencias de comportamiento o inmadurez negocial y que como consecuencia de ello pueden poner en serio riesgo su patrimonio.
Si ha sido inhabilitado entre otros actos para acceder a productos bancarios o específicamente para abrir cuentas de ahorro.
- Fotocopia del documento de identificación del discapacitado
- Copia de la sentencia mediante la cual se declaró la inhabilitación.
- Copia del acta de posesión del consejero (y del administrador fiduciario cuando así lo haya designado el juez).
- Autorización del consejero en sentido de abrir la cuenta de ahorros.
- Fotocopia del documento de identificación del consejero.
Albaceas
- NIT de la herencia y documento que lo acredita como tal.
Secuestres
- Fotocopia formal del auto en el que sea nombrado el secuestre.
- Documento de identificación del secuestre.
- RUT.
Persona jurídica
- Original del Certificado de Existencia y Representación Legal con vigencia no superior a un mes expedido por la Cámara de Comercio o por la entidad competente.
- Fotocopia del RUT.
- Registro de la firma y huella digital del Representante Legal y de las personas autorizadas con firma registrada.
- Fotocopia del documento de identificación del Representante Legal y de las personas autorizadas con firma registrada.
- Declaración de origen de fondos.
- Informe sobre políticas de conocimiento del cliente y mecanismos de control de actividades delictivas, en caso que el solicitante realice una actividad económica sujeta al mencionado control.
- Carta donde especifiquen claramente las condiciones de manejo de la Cuenta de Ahorros.
Para la vinculación inicial, que se realiza por única vez, se requiere diligenciar la Solicitud Única de conocimiento del cliente, según sea persona jurídica o natural, y adjuntar los documentos que se describen en la parte inferior del formato.
Formatos y Documentación Relacionada
A continuación encontrará los formularios requeridos para su vinculación, por favor diligéncielos, imprímalos, fírmelos y contáctese con Coltefinanciera para continuar el trámite.
Formatos Generales
Formato de Vinculación y Actualización de Información
CDT Oro
Control de Cambios Documentos
Reporte de datos
Reporte de datos
Nuestros clientes al firmar los formatos de las Solicitudes de Servicios Financieros, en la vinculación con Coltefinanciera, autorizan a la compañía expresa, permanente e irrevocable, como titulares de la información, para consultar, solicitar, suministrar, reportar, procesar y divulgar toda la información de su comportamiento crediticio, financiero, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países de la misma naturaleza, ante los operadores de información que se designe para ello.
Las anteriores facultades estarán plenamente vigentes mientras subsista alguna relación comercial u obligación insoluta del cliente, en calidad de depositante, reflejándose el comportamiento y estado que presente dicho producto, el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones que contraiga en dicha calidad y en especial en lo relacionado con el cumplimiento o incumplimiento en el pago de cualquier suma de dinero que llegaré a adeudarle a Coltefinanciera con ocasión de cualquier operación realizada con el Certificado de Depósito a Término –CDT-.
El alcance de la autorización implica que el comportamiento frente a sus obligaciones será registrado con el objeto de suministrar información suficiente y adecuada al mercado, sobre el estado de las obligaciones financieras, comerciales, crediticias, de servicios y la proveniente de terceros países de la misma naturaleza. En consecuencia, quienes se encuentren afiliados y/o tengan acceso a los operadores de información podrán conocer esta información, de conformidad con la Constitución Política, la legislación y la jurisprudencia aplicable. La información podrá ser igualmente utilizada para efectos estadísticos.
Para consultar la permanencia de la información en las bases de datos y conocer más sobre bancos de datos y la Ley Habeas Data hacer clic aquí.
Cancelación de productos
Cancelación de prodcutos
Modificación de condiciones y cancelación del Producto
El cliente puede solicitar la cancelación del CDT de forma voluntaria, una vez se termine el tiempo pactado y la fecha de la solicitud de la cancelación corresponda a la fecha de vencimiento del título, o por hurto o pérdida o por el fallecimiento del titular.
Para ambos casos la persona se debe presentar a la oficina de radicación o apertura del CDT y solicitar al Asesor su cancelación, teniendo en cuenta los siguientes documentos:
1. Cancelación voluntaria
Para solicitar la cancelación del título debe presentar su documento de identificación original y el CDT físico.
Si desea autorizar a un tercero para la cancelación del título, debe presentar un poder específico autenticado en Notaria, donde detalla la persona autorizada para realizar el trámite ante Coltefinanciera, quien deberá presentarse al vencimiento con el título físico, el poder y su documento de identidad.
2. Fallecimiento del titular
El heredero o reclamante se acerca a la agencia y allí le informarán, según el saldo de la cuenta y el límite establecido por el artículo 29 del decreto 2349 de 1965 si requiere o no de juicio de sucesión para la entrega de los recursos, y los documentos que se deben presentar:
a. Con juicio de sucesión
- Registro Civil de Defunción
- Documento para demostrar el vínculo con la persona fallecida, según sea el caso:
- Cónyuge: Registro Civil de Matrimonio,
- Compañero(a) permanente: Sentencia del juez que lo (la) acredite como tal.
- Heredero: Registro Civil de Nacimiento.
- Sentencia o escritura pública de sucesión
- Suscripción de acta de acuso de recibo de los dineros, por los beneficiarios, en el que además manifiesten, que no existen otros beneficiarios con derecho a reclamar la entrega de sumas de dinero. Debe ser firmada en forma conjunta por todos los beneficiarios.
b. Sin juicio de sucesión
- Registro Civil de Defunción
- Documento para demostrar el vínculo con la persona fallecida, según sea el caso:
- Cónyuge: Registro Civil de Matrimonio,
- Compañero(a) permanente: Sentencia del juez que lo (la) acredite como tal.
- Heredero: Registro Civil de Nacimiento.
- Documentos para demostrar que los interesados en recibir los dineros, cumplen con los requisitos:
- Declaración extraprocesal (en Notaría), en la que se manifieste, entre otros: Su vínculo con el causante, su interés en recibir una suma de dinero sin juicio de sucesión, manifestar que renuncian a iniciar un juicio de sucesión por las sumas de dinero que reciban por concepto de Cuentas de Ahorros.
- Firmar un documento con espacios en blanco (pagaré), con carta de instrucciones, en forma conjunta por los reclamantes, el cual será utilizado en caso de que las entregas de dinero generen algún inconveniente con sus receptores o con terceros (otras personas que también pudieran tener derechos a éstos).
- Suscripción de acta de acuso de recibo de los dineros, por los beneficiarios, en el que además manifiesten, que no existen otros beneficiarios con derecho a reclamar la entrega de sumas de dinero. Debe ser firmada en forma conjunta por todos los beneficiarios.
- Los documentos que la Vicepresidencia Jurídica de Coltefinanciera, considere necesarios de forma adicional, conforme al estudio de los documentos presentados.
3. Hurto o pérdida del título
Cuando se ha perdido el CDT físico, el cliente debe presentar una declaración ante notaria donde se especifique la pérdida del mismo, y para el caso de hurto del CDT, el cliente debe presentar una denuncia de robo ante las autoridades competentes, y en ambos casos el título será bloqueado inmediatamente en la agencias de Coltefinanciera.
En caso que el cliente desee reclamar el CDT al vencimiento, el cliente debe iniciar un proceso de reposición de título mediante un abogado y la Vicepresidencia Jurídica de Coltefinanciera estudia el caso para autorizar o no a la Agencia para la generación del nuevo título físico, el cual es entregado al cliente y el cual se presenta en su vencimiento para su cancelación.
Gestiona tu CDT con facilidad
Esto es lo esencial:
Al finalizar el plazo (vencimiento)
- Dónde: en cualquiera de nuestras 18 agencias a nivel nacional.
- Qué llevar: documento de identidad original y el CDT físico.
- Proceso: solicitas la cancelación y recibes tu capital + intereses causados.
- Si va otra persona por ti: presenta un poder específico autenticado en notaría, su documento y el CDT físico.
Si pierdes o te hurtan el CDT (título físico)
- Reporta la pérdida/hurto y radica la solicitud de reposición.
- Soportes: documento de identidad y copia de la denuncia, si aplica.
- Resultado: tras el trámite legal se expide un nuevo título (conforme a lo previsto en el Código de Comercio).
Seguro de depósito
¿Qué es el Seguro de Depósitos?
¿Cuánto le cuesta a los ahorradores tener el Seguro de Depósitos?
¿Cuándo se paga el Seguro de Depósitos?
Vinculación fácil y rápida.
Persona Natural
Colombiano:
- Menor de 7 años: NUIP (y documentos de representación).
- 7 a 18 años: Tarjeta de Identidad (y documentos de representación).
- Mayor de 18 años: Cédula de Ciudadanía.
- Extranjero: Presenta tu documento de identificación según tu tipo de visa (cédula de extranjería, carné diplomático o pasaporte).
- Representación (menores, discapacitados, etc.): Documentos específicos según la situación (registro civil, sentencias, actas de posesión, etc.).
Persona Jurídica
- Certificado de Existencia y Representación Legal (vigencia max. de 1 mes).
- RUT (Registro Único Tributario)
- Registro de firma y huella del Representante Legal y autorizados.
- Fotocopia de identificación del Representante Legal y autorizados.
CDT desmaterializado
- Certificado digital enviado a tu correo.
- Sin custodia física por tu parte.
- Trámites de prórroga, renovación y redención más ágiles.
- Sin costos adicionales para el cliente.
- Asesoría financiera e información tributaria permanentes.
- Avisos oportunos de vencimiento.
- Plazos flexibles desde 30 días.
- Adquiérelo o renuévalo en cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.
- Tus depósitos están amparados por el Seguro de Depósitos.
Asesoría personalizada para tu CDT
Si lo prefieres, comunícate a la línea gratuita 01800 01800 40.
La información suministrada será tratada conforme a nuestra política de privacidad.