Reclamaciones excluidas de la competencia del Defensor del Consumidor Financiero

  1. Las reclamaciones que no correspondan o no estén directamente relacionados con el giro ordinario de las operaciones de Coltefinanciera S.A.
  2. Las reclamaciones concernientes al vínculo laboral entre Coltefinanciera S.A y sus empleados o contratistas.
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Procedimiento en la Resolución de quejas

El Defensor del Consumidor Financiero deberá resolver sobre la reclamación dentro de los ocho (8) días hábiles, contados desde el día siguiente en que cuente con los documentos necesarios para resolver la queja.

Asuntos de los que conoce el Defensor del Consumidor Financiero

Corresponde al Defensor del Consumidor Financiero conocer sobre los siguientes asuntos:

  • Las quejas sobre Coltefinanciera S.A., por posible incumplimiento de las normas que rigen el desarrollo o ejecución de los servicios o productos, o respecto de la calidad de los mismos.
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Instancias para la presentación de la Queja

Para la presentación de la reclamación, le asiste el derecho al Consumidor Financiero de acudir a su elección ante Coltefinanciera S.A, el Defensor del Consumidor Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia o el Autorregulador del Mercado de Valores AMV. En todo caso Coltefinanciera S.A, evaluará los trámites dentro del marco de competencia que le corresponda teniendo en cuenta los asuntos excluidos de la competencia del Defensor del Consumidor Financiero.

Reglamento del Defensor

Para ver el Reglamento del Defensor del Consumidor Financiero hacer clic aquí

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